TEMAS CALIENTES
11/05/2012 00:14
Un fallo de la Cámara del Crimen de Buenos Aires reiteró que la prostitución ejercida voluntariamente por una persona en un ámbito privado es una actividad lÃcita, siempre y cuando no haya trata ni explotación de personas.
La resolución fue adoptada ante una denuncia promovida por la Dirección General de Inspección del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ante la fijación de anuncios publicitarios en distintos mobiliarios urbanos.
La causa se inició el 13 de diciembre de 2011. Ante la acusación del Ejecutivo porteño, la Justicia dispuso tareas de inteligencia, que consistieron en identificar a los titulares de los números telefónicos (tres mujeres argentinas y mayores de edad) y enviar a una persona a tocar el portero eléctrico del departamento identificado como lugar donde se concretaban los encuentros.
AllÃ, a través del intercomunicador, una voz manifestó que habÃa tres mujeres y los servicios eran 80 pesos de moneda nacional la media hora, hasta 200 pesos la hora aproximadamente.
En respuesta a la denuncia, y tras la investigación judicial, el Juzgado de primera instancia, y ahora la sala primera de la Cámara del Crimen, confirmaron que no surgen motivos para presumir que en el domicilio citado se esté violando la ley de profilaxis.
Ambos fallos sostuvieron que sólo puede deducirse que en el lugar habrÃa tres mujeres que estarÃan brindando servicios sexuales a cambio de dinero.
Asà las cosas, para la Justicia, la actividad que allà se desarrollarÃa serÃa lÃcita, toda vez que no existe ni el menor indicio de la existencia de persona alguna que explote, promueva o facilite la prostitución. El tribunal rechazó incluso un pedido de la fiscal Nancy Olivieri para que fueran intervenidos los teléfonos promocionados en los carteles publicitarios.
Competencia leal. El año pasado, el Gobierno nacional prohibió por decreto el rubro 59, los anuncios de oferta sexual en los diarios argentinos. La presidenta Cristina Fernández de Kirchner firmó en julio de 2011 el decreto 936 que prohÃbe avisos con oferta sexual, el famoso Rubro 59 de los clasificados en la prensa.
Según la jefa del Estado, la oferta sexual del Rubro 59 es un delito y una profunda discriminación a la condición de la mujer como tal.
Sin poder publicar en los medios, las trabajadoras sexuales agudizan a diario el ingenio para poder ofrecer sus servicios.
Asà surgió la idea, por ejemplo, de colocar avisos en la vÃa pública. Son carteles con varios troqueles con el teléfono de contacto para que el transeúnte lo pueda recordar y llevárselo.
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El fallo
Consideró legal la oferta de sexo a cambio de dinero en un sitio privado donde no exista indicio de trata.
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ProstÃbulos
Antecedentes
»El juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Eugenio Raúl Zaffaroni, se vio envuelto el año pasado en una confusa situación relacionada con prostÃbulos.
»Según la denuncia de una organización no gubernamental dedicada a combatir la trata de personas, en varios departamentos propiedad del magistrado funcionan prostÃbulos.
»Aún no hay avances en este caso.